Reglamento
Advertencia Preliminar: Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación para los campeonatos, torneos, partidos (amistosos u oficiales) y cualquier otro evento que sea organizado por EXA (en adelante LA ORGANIZACIÓN)
1. Organización del torneo:
- El torneo constará de dos divisiones: A y B. La división A la disputarán los que mantuvieron la categoría durante el 2010 y los ascendidos en el torneo Clausura. El resto de los equipos jugará la división B. Los primeros cuatro de la división A jugarán semifinales (4 vs. 1 y 2 vs. 3). Los ganadores jugarán la final del torneo Apertura y del Clausura, respectivamente. Los últimos dos de la división A descenderán de forma directa. Los dos que les siguen (3 y 4 empezando de abajo) jugarán la promoción con el tercero y cuarto de la división B. Serán partidos de ida y vuelta, en los que no existe la ventaja deportiva (que uno esté en la A y otro en la B). En caso de empate en los dos partidos hay penales. El campeón y subcampeón de la B ascenderán de forma directa. Estos ascensos y descensos se producirán a mitad de año. Es decir que en el torneo Clausura los equipos ascendidos jugarán la A y los descendidos la B.
- Definición en caso de empate en primer lugar o en zonas de promoción:
1) En favor del equipo que registre mayor diferencia de goles.-
2) De subsistir la igualdad, en favor del equipo que hubiese obtenido mayor cantidad de goles a favor.
3) De mantenerse la igualdad, se verá el resultado del partido entre los equipos por ese torneo.
4) Se realizará un partido desempate entre los equipos.
- Si los tiempos lo permiten, después del torneo Apertura se disputará un torneo de eliminación directa entre las dos divisiones. Va a haber un sorteo donde se cruzará a uno de la división A con uno de la B. Y después se hará el torneo clausura.
- En el año se jugarán, si el tiempo lo permite, en total 3 torneos y los campeones recibirán premios a determinar. Los dos campeones de la división A (torneo Apertura y torneo Clausura) recibirán la Copa obtenida, y jugarán la final del año donde se les dará el premio de las camisetas. Los campeones de la B también ganarán un trofeo. El goleador y la valla menos vencida de cada División recibirá premios.
- La fecha se realizará los días sábados, pero en caso de tener dificultades con la programación del torneo, la organización podrá determinar que se juegue los domingos o feriados.
2. Requerimientos obligatorios para la inscripción:
- El representante de cada equipo deberá presentar un listado de los jugadores de su equipo, con sus respectivos nombres y apellidos y DNI, haciéndose responsables de la veracidad de los datos. La planilla también deberá incluir si cada jugador es ex alumno o invitado. El límite de jugadores para incluir por equipo es de 30 jugadores. La fecha límite para cumplir con este requerimiento es la segunda fecha del Apertura.
- Si hubiera un jugador que no este inscripto en la lista y que no haya jugado en el torneo para ningún otro equipo, podrá abonar $30 para ser agregado. Pero el límite de jugadores para incluir por torneo será de 7 jugadores. Es decir, si un equipo inscribe en la planilla inicial 23 jugadores, después puede inscribir siete más a lo largo del torneo. Pero solo 7. Por eso, recomendamos que presente una lista con 30 jugadores de entrada.
- Es de total obligación que cada jugador firme la lista de buena fe antes de cada partido. Si se detecta que un jugador no firmó la lista, se le sumará una amarilla al jugador que este asignado como representante de cada equipo.- Los jugadores sólo podrán participar en un equipo. Si hay un jugador que participa en dos equipos, será sancionado con 3 fechas de suspensión y el equipo que lo incluye perderá los puntos del partido correspondiente.
- La inscripción es de $25 por jugadores, esto es obligatorio para que el equipo pueda comenzar el torneo.
- Este aumento en la inscripción es simplemente para poder seguir con los objetivos que les propusimos. Hay distintos proyectos que se informaran en la reunión inicial, y a la vez se tomarán en cuenta aquellos que se propongan en dicha reunión. Junto con el Colegio se determinará cuál es prioritario.
- Cada equipo deberá tener un juego de camisetas completo con números para facilitar la tarea de los árbitros y del comité organizador. Esto es de carácter obligatorio para iniciar el torneo. En caso de que en alguna fecha no lo tengan, se le sumarán dos puntos a la Tabla Fair Play, en la seccion de amarillas.
3. Abono por partido
- El abono será de $300 por equipo, como se acordó en la reunión del 23 de Febrero. Deberá ser entregado a los organizadores, antes del comienzo de cada partido, sin excepción alguna.
- En el caso que un equipo no llegue a la suma requerida, no podrá jugar el partido. Obviamente perdiendo los puntos del mencionado. Y no podrá volver a jugar hasta que pague la deuda.
4. Ausencia de un equipo
- El equipo que no avise antes del jueves a las 19hs. que no se presenta, perderá los puntos del encuentro, y será penado con el descuento de 3 puntos de la tabla de clasificación. Además, deberá abonar el monto de $100. Si avisan sólo perderán los puntos del encuentro.
- En el caso de que se repita, serán penados con 6 puntos y deberá abonar también el monto de $100.
DE LA DISCIPLINA.
I – Competencia El Tribunal de Disciplina tiene competencia para :
1) Intervenir en caso de infracción a las leyes del juego y/o reglamentos y/o normas complementarias de las mismas, siempre que se trate de actos o hechos cometidos en ocasión de cualquier partido, competencia o torneo que organice, supervise, autorice, controle o patrocine la ORGANIZACION, imputados o atribuidos a los equipos, jugadores, árbitros y sus colaboradores, entrenadores, encargados o personas que en alguna forma se relacionen activa o pasivamente con dicha práctica, y en aquellos asuntos o causas que le encomiende las autoridades de la ORGANIZACION.
2) Aplicar sanciones a jugadores, entrenadores, encargados de equipos, coachs, árbitros, jueces de línea y, en general, a toda persona física vinculada con la totalidad de los eventos que lleve a cabo la ORGANIZACION, aún en calidad de espectador.
3) Proponer a las autoridades de la ORGANIZACION la sanción que estime corresponda aplicar cuando : a) tratándose de personas físicas la sanción supere el término de un (1) año ; b) se trate de cualquier tipo de sanción referida a equipos participantes de los torneos ; c) se trate de cualquier tipo de sanción referida a árbitros y jueces de línea oficiales.
II – Funcionamiento El Tribunal de Disciplina se reunirá en forma ordinaria por lo menos una vez por mes durante la temporada oficial y en forma extraordinaria cuando sea convocada por las autoridades de la ORGANIZACION. Al comenzar cada temporada oficial la ORGANIZACION establecerá los días y horas de reunión y procederá a su puesta en conocimiento a los equipos participantes de los distintos torneos que lleve a cabo la ORGANIZACIÓN.
ART. 1º:
ART. 2º:
II – Hechos o conductas sancionables
ART. 3º: Se consideran hechos o conductas sancionables cometidas por personas físicas:
3.1. Faltas de respeto, insultos, agresiones de palabra o de hecho a jugadores, árbitros y sus colaboradores, entrenadores, coachs, autoridades y, en general, a toda persona que actúe en cualquier carácter en la totalidad de los eventos que realice LA ORGANIZACION, aún como espectador.
2.2 Violación de normas estatutarias y/o reglamentaciones de la ORGANIZACION y hechos o conductas que lesionen los principios básicos del juego limpio y de la lealtad en el deporte.
ART. 4º: Se consideran hechos o conductas sancionables cometidos por los equipos:
4.1 Las mencionadas en el artículo anterior.
4.2 Omisiones y/o negligencias en prevenir y controlar debida y razonablemente el orden en las instalaciones de la ORGANIZACIÓN para evitar las conductas mencionadas en el artículo anterior.
4.3 Omisiones, negativas o reticencias en prestar a la ORGANIZACION la debida colaboración para investigar y esclarecer los hechos o conductas sancionables.
4.4 Abandono del campo de juego por parte de los equipos, por decisión de los jugadores, capitanes o entrenadores y/o cualquier persona representativa de los mismos, con anterioridad a que los árbitros den por finalizados los partidos, todo ello sin perjuicio de la intervención que le quepa a las autoridades de la ORGANIZACION, dentro del ámbito de sus funciones y facultades.
IV – Sanciones
ART. 5º: Son sanciones aplicables a personas físicas :
a) Amonestación : constituye antecedente a los fines del cómputo para la aplicación de futuras sanciones y la reiteración de cinco (5) amonestaciones en el mismo año constituye antecedente a los fines del cómputo para la aplicación de suspensión.
b) Retiro temporario : constituye antecedente únicamente a los fines del cómputo para la aplicación de suspensión.
c) Suspensión : comprende la prohibición de realizar o participar en toda o cualquier actividad relacionada con el deporte que estuviere practicando y que motivara la aplicación de la sanción.
ART. 6º: Constituye sanción independientemente de las mencionadas en el art. 5, la de inhabilitación, o cualquier otra a criterio del Tribunal de Disciplina, a la que podrá aplicarse para el desempeño de funciones determinadas (capitán, encargado de equipo, u otras). En ese caso deberá dejarse debida constancia que la sanción se aplica por un término distinto debido a tal condición del sancionado.
ART. 7º: Son sanciones aplicables a equipos que participen de los distintos eventos llevados a cabo por la ORGANIZACION :
a) Llamado de atención, que causa antecedente.
b) Apercibimiento, que causa antecedente.
c) Suspensión de invitación.
d) Cancelación de invitación.
- Reglas Generales
ART. 8º: El monto mínimo o máximo de las sanciones previstas en el presente reglamento implican un marco de referencia del cual el Tribunal de Disciplina y las autoridades de la ORGANIZACION podrán apartarse con fundamento en las circunstancias del caso.
ART. 9º: Podrán aplicarse sanciones de suspensión equivalentes a determinada cantidad de partidos oficiales. En tal caso, si excediesen el término de una temporada, podrá disponerse que se cumplan efectivamente en los partidos oficiales de la próxima.
ART. 10º: Cuando la sanción de suspensión deba aplicarse a menores de 18 años inclusive, podrá reducirse en un tercio la misma de acuerdo a las circunstancias del caso.
ART. 11º: El Tribunal de Disciplina podrá incrementar el término de suspensión cuando la sanción fuera impuesta a un jugador que ostentara la capitanía de su equipo en el partido en cuestión. En ese caso deberá dejarse debida constancia que la sanción se aplica por un término mayor debido a la condición de capitán del sancionado.
ART. 12º: En los casos de suspensiones a personas físicas cuyo plazo no exceda de (1) año el Tribunal de Disciplina podrá disponer que parte de dicha sanción – no superior a la mitad – sea aplicada en suspenso. La decisión que así lo resuelva deberá estar fundada en aquellas razones y circunstancias que la ameritaron (antecedentes del sancionado, motivos que lo llevaron a cometer la falta, naturaleza de la misma u otras).
ART. 13º: La parte de la sanción aplicada en suspenso se transformará de cumplimiento efectivo cuando al sancionado le fuere aplicada una nueva suspensión dentro del término de (5) años contados a partir del hecho que dio lugar a la primera sanción.
ART. 14º: En la graduación de las sanciones, su aplicación en suspenso o reducción en los casos correspondientes se deberá tener en cuenta : a) los antecedentes disciplinarios; b) las circunstancias y características del hecho ; c) las advertencias previas del árbitro, en caso de haber existido ; d) el riesgo físico en caso de agresiones de hecho ; e) la lesión a los principios del juego limpio.
ART. 15º: Se establece como plazo de prescripción de los antecedentes, el término de cinco (5) años contados a partir del vencimiento de la sanción aplicada.
ART. 16º: Cuando durante la tramitación de un expediente resultare prima facie involucrado un árbitro o un juez de línea oficial, se enviarán copias de las constancias al organismo o entidad que regule la actividad de los mismos el que comunicará al Tribunal de Disciplina el resultado de lo actuado, remitiendo copia, y sin que tal intervención resulte vinculante, a fin de que el Tribunal de Disciplina proceda de conformidad a lo establecido en el Reglamento.
VI – Sanciones a personas físicas
ART. 17º : Las sanciones mencionadas en el artículo 5 se aplicarán según la descripción de conductas que, en cada caso, a continuación se detallan :
ART 17.1 Protestar fallos : suspensión de una (1) a tres (3) fechas.
ART 17.2 Faltar el respeto, burlarse o mofarse : suspensión de una (1) a tres (5) fechas.
ART 17.3 Insultar : suspensión de una (1) a cinco (5) fechas.
ART 17.4 Amenazar : suspensión de dos (2) a cinco (5) fechas.
ART 17.5 Intentar agredir de hecho : suspensión de tres (3) fechas a cinco (5) años.
ART 17.6 Agredir de hecho : suspensión de diez (10) fechas hasta perpetuidad.
Con el árbitro o con cualquier colaborador de éste
Con jugador o jugadores adversarios
ART 17.7 Juego Brusco: suspensión de una (1) a tres (3) fechas.
ART 17.8 Juego Brusco Grave: suspensión de dos (2) a cinco (5) fechas.
ART 17.9 Intentar agredir de hecho : suspensión de dos (2) a cinco (5) fechas.
ART 17.10 Los que participaren en agresión de hecho y en tumulto o gresca : suspensión de cinco (5) fechas hasta tres (3) años.
ART 17.11 En los casos de tentativas de conductas mencionadas en los incisos anteriores los plazos de sanción se podrán reducir.
Con el público
ART 17.12 El que formando parte del juego como jugador, árbitro, o sus colaboradores, entrenador, asistente o aún como espectador, faltare el respeto al público : suspensión de un (1) mes hasta tres (3) años.
ART 17.13 El que formando parte del juego como jugador, árbitro o sus colaboradores, entrenador, asistente o aún como espectador, agrediere de hecho al público : suspensión de doce (12) meses hasta cinco (5) años.
Otras inconductas
ART 17.14 Toda expulsión por Doble Amonestación no recibirá sanción de fechas al menos que luego de la misma ocurran reacciones u actos (Agresión Verbal, Agresión Física, Negarse a retirar de la cancha, etc) que lleven al Tribunal a tomar la decisión de suspender al jugador de la misma manera que la expulsión por Roja Directa, con excepcion de las expulsiones por doble amonestación que sean reincidentes dentro de un mismo período.
ART 17.15 El jugador que en un año calendario hubiere sido amonestado (tarjeta amarilla) en (5) cinco oportunidades : suspensión de una fecha.
ART 17.16 El jugador que encontrándose fichado para un equipo jugare partidos oficiales para otro sin contar con autorización de la ORGANIZACIÓN : suspensión de una fecha.
ART 17.17 El jugador que encontrándose suspendido provisoria o definitivamente realizare o participare en alguna actividad relacionada con el evento en el cual hubiere sido sancionado : suspensión de hasta dos (2) fechas, si no le correspondiere otra sanción mayor por la índole de la falta cometida.
VII – Sanciones a los equipos Las sanciones mencionadas en el art. 7 se propondrán según la descripción de las conductas que, en cada caso, a continuación se detallan :
ART. 18.1 Falta de respeto al árbitro o al público por parte de responsables, encargados, entrenadores, asistentes, jueces de línea no oficiales, público o jugadores del equipo : suspensión del equipo de dos (2) fechas hasta un (1) año.
ART. 18.2 Agresión de hecho al árbitro o al público o a jugadores por parte de responsables encargados, entrenadores, asistentes, jueces de línea no oficiales, público o jugadores del equipo : suspensión del equipo de doce (12) meses a cinco (5) años.
ART. 18.3 Falta de colaboración, negativa a prestarla, omisiones o reticencias para individualizar a responsables de invasiones de canchas, tumultos u otras inconductas; demora o reticencia en cumplir con requerimientos del Tribunal de Disciplina o de las autoridades de la ORGANIZACION : apercibimiento o suspensión de una (1) fecha.
ART. 18.4 Invasiones de canchas, tumultos o grescas generalizados en los cuales hubieren participado jugadores, entrenadores, responsables, encargados, asistentes, jueces de línea no oficiales o público de la entidad : apercibimiento o expulsión del equipo.
ART. 18.5 Reiteración en más de tres (3) ocasiones en el año calendario de conductas mencionadas en los incisos anteriores, que hubieren merecido la sanción de apercibimiento : suspensión del equipo o cancelación de la invitación.
ART. 18.6 Permitir o no impedir que el equipo, en partidos oficiales, se integre con jugadores fichados en otros y que no hubieren sido autorizados por la ORGANIZACION : suspensión del equipo de hasta 2 (dos) fechas.
ART. 18.7 Abandono del campo de juego por parte del equipo, sea por decisión de sus encargados, responsables, entrenadores, capitanes o jugadores: apercibimiento o suspensión de una (1) fecha.
ART. 18.8 El equipo que, en una temporada hubiere sido apercibido en tres (3) oportunidades : suspensión de una (1) fecha.
ART. 18.9 Todas las actitudes o reacciones tomadas por el jugador luego de una expulsión en un partido serán tomadas en cuenta por el Tribunal de Disciplina. Ante todas las agresiones GRAVES del tipo verbal o física, el Tribunal podrá tomar la decisión de expulsar, al equipo o al jugador, del torneo.
Si durante el transcurso del partido LA ORGANIZACIÓN entiende u observa que este en peligro la integridad física de uno o más jugadores o el desarrollo normal del encuentro, tendrá la facultad de suspenderlo y decidir, junto con el Tribunal de Disciplina las consecuencias.
ART. 18º:
VIII – De los procedimientos
ART. 19º: El procedimiento para la aplicación de sanciones previstas en este reglamento deberá procurar la determinación de la verdad real de los hechos y conductas, respetando el derecho de defensa de quienes estuvieren involucrados en los mismos.
ART. 20º: El informe del árbitro hace plena prueba de los hechos y conductas, salvo que el Tribunal de Disciplina o las autoridades de la ORGANIZACION ameriten, con fundamento en circunstancias precisas y concordantes, apartarse del mismo.
ART. 21º: El procedimiento se iniciará, exclusivamente, por los siguientes medios :
a) por informe del árbitro, sea éste oficial o no oficial.
b) por denuncia que efectúe algún equipo participante, suscripta por su capitán y encargado.
c) a requerimiento de las autoridades de la ORGANIZACION, en los casos que éste lo considere.
El Tribunal de Disciplina no tomará intervención ni dará comienzo a ninguna actuación de oficio. Deberá rechazar, sin sustanciación alguna, cualquier petición en tal sentido que no se encuentre comprendida o no cumpla con los recaudos establecidos en el presente artículo.
ART. 22º: Las actuaciones tienen el carácter de reservadas, las solicitudes de vistas, obtención de copias de las mismas o acceso al expediente, podrán ser autorizadas por el Tribunal de Disciplina. Sólo estarán habilitados en calidad de partes en el procedimiento, las personas físicas o equipos involucrados en los hechos y conductas que pudieran dar lugar a sanción disciplinaria.
ART. 23º: Sin perjuicio de la facultad contemplada en el art. 21 inciso b), los equipos allí mencionados tienen obligación de informar, en forma inmediata, y cuando les sea requerido, bajo firma del encargado o capitán del equipo, todo hecho o acto de indisciplina que involucre a entrenadores, asistentes, encargados, capitanes, jugadores o público de los mismos. Dicho informe no se limitará a la mera comunicación de la producción del hecho o acto y deberá contener. a) la individualización de los partícipes ; b) un relato detallado sobre las circunstancias atinentes a los hechos ocurridos o actos realizados, sin perjuicio de la aplicación de cualquier otra sanción que pudiere corresponder o de la prosecución de las actuaciones respecto de cualquier persona involucrada en las mismas.
ART. 24º : Sólo se considerarán amonestaciones aquellas que surjan en forma expresa del informe del árbitro o de la tarjeta del partido. Cuando por acumulación de amonestaciones correspondiere la aplicación de sanción, ésta será notificada a través de la página web de la ORGANIZACION, sin necesidad de sustanciación alguna.
ART. 25º: La persona expulsada quedará, sin necesidad de notificación o comunicación alguna por parte del Tribunal de Disciplina, automáticamente suspendida en forma provisoria y deberá corroborar si se le ha aplicado alguna sanción, a través de la página web de la ORGANIZACIÓN.
ART. 26º: Quien sea citado por el Tribunal de Disciplina o por las autoridades de la ORGANIZACIÓN por un hecho de indisciplina deberá concurrir munido de documento que acredite su identidad y, en caso de menores de hasta diecinueve (19) años de edad inclusive, deberán ser acompañados por el encargado, responsable o capitán del equipo. En el caso que sea el capitán el que deba concurrir ante el Tribunal de Disciplina o ante las autoridades de la ORGANIZACIÓN, deberá ser acompañado por el responsable del equipo.
ART. 27º: El Tribunal de Disciplina podrá ordenar las medidas instructorias que, propuestas por la persona expulsada o de oficio, estime pertinentes.
ART. 28º: Cuando no hubiere mérito para recibir la causa a prueba, o una vez producidas las ordenadas, el Tribunal de Disciplina dictará resolución, la que será notificada a través de la página web de la ORGANIZACIÓN. Esta notificación, podrá ser anticipada, por razones de celeridad, por cualquier medio de comunicación (por ej: fax ; e-mail, teléfono, u otro sistema de transmisión que en un futuro pudiese utilizarse con la misma finalidad).
IX – De los recursos
ART. 29º: Podrá interponerse recurso de reconsideración contra toda decisión del Tribunal de Disciplina dictada en el marco de las facultades sancionatorias que le son propias. Dicho recurso deberá deducirse por escrito y deberá ser dirigido al Tribunal de Disciplina dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles de notificada la sanción. El recurso deberá ser remitido a través de la dirección de e-mail de e-mail que figura en la página: www.torneoexalumnos.com.ar
ART. 30º: El recurso deberá ser firmado por el capitán del equipo, donde se deberán detallar los datos del partido en donde se produjera la expulsión, los motivos en que se funda el recurso, y los atenuantes que deberían ser tomados en cuenta por el Tribunal para resolver la cuestión.
ART. 31º: El Tribunal de Disciplina se tomará el tiempo que sea necesario para expedirse sobre la procedencia del recurso, siendo su rechazo inapelable. En ese caso, quedará firme la sanción impuesta oportunamente y que fuera publicada en la página web de la ORGANIZACIÓN.
ART. 32º: Los únicos autorizados para interponer el recurso de reconsideración son los dos representantes de los equipos participantes en el torneo o evento de que se trate y en el supuesto caso que ello no fuera posible, la presentación la realizará el jugador que hubiere sido el capitán del equipo en el último partido disputado.
ART. 33º: Podrá interponerse subsidiariamente recurso de apelación, el cual será resuelto dentro de las veinticuatro horas (24) hábiles siguientes a la publicación en la página web de la ORGANIZACIÓN del rechazo del recurso de reconsideración interpuesto. Cuando el recurso de apelación se hubiese interpuesto subsidiariamente con el de reconsideración y éste hubiere sido desestimado. El recurso de apelación será resuelto por la o las personas que la ORGANIZACIÓN designe para tal fin. No se admitirá escrito alguno mediante el cual se pretenda ampliar fundamentos a efectos del recurso de apelación. La decisión que resuelva el recurso de apelación interpuesto, será irrecurrible.
ART. 34º: Serán irrecurribles las sanciones que fueran impuestas con motivo de una equivocación ocasionada por las siguientes causas : a) Por el uso indebido de remeras por parte de los equipos que contengan la misma numeración ; b) Por el uso indebido de remeras que no contengan numeración alguna y c) Por la omisión u error cometidos por el capitán de un equipo en la planilla de formación del equipo.
SANCIONES A UN EQUIPO
- Cuando se produce una GENERAL, el comité puede descontarle tres puntos la primera vez que suceda, y si reincide seis puntos.
- En caso de que haya una tercera vez, el equipo quedará suspendido del torneo, o expulsado.
- El informe del juez y de los veedores determinará cuando es una GENERAL.
7. Horario
- Los horarios son variados a lo largo de dia y dependiendo de la cantidad de equipos participantes y la luminosidad de estacion.
- La tolerancia es de 15 minutos, el partido deberá empezar con la cantidad de jugadores que estén presentes. El mínimo de jugadores requeridos para iniciar un partido es de 7. Si un equipo excede estos minutos para el inicio del partido, el referí informará a los organizadores para que se sumen 4 puntos a la tabla Fair Play.
- Si un equipo decide reclamar los puntos del encuentro porque su rival llega después de esos quince minutos, está en todo su derecho. Sólo se lo tiene que comunicar a los organizadores. En ese caso, no habrá posibilidad de jugar un amistoso. Y el equipo que llega tarde tiene que pagar 90$, para abonarle a los árbitros.
- En caso de que no lo paguen, al otro sábado si lo tienen que hacer. Hasta que no se pague esa deuda, no podrán volver a jugar.
8. Cambios
- Los cambios permitidos para hacer por partido son 5. Un jugador puede entrar y volver a salir, pero cada cambio se contará como uno. El árbitro es el encargado de controlarlo.
9. Cupo de ex alumnos por partido
- Si un equipo no logra cumplir con la cantidad de ex-alumnos por partido sumara 5 puntos a la tabla de fair play. Para hacer valer esta sancion se distinguiran categorias. Los equipos referentes a las camadas que tengan más 35 años deberá tener 4 ex alumnos , más 30 deberá tener 5, entre 20 y 30 años el mínimo es 6, y menos de 20 años deben tener 7 ex alumnos.
- No es requerimiento que siempre estén a la vez en la cancha. Pero sí que jueguen todos.
10. Tabla Fair Play
- En esta tabla se sumarán puntos por seis motivos: Amarillas, Expulsiones, Llegada tarde del equipo, No tener el juego de camisetas con números, no llegar al cupo límite de ex alumnos yno firmar las planillas. Por amarillas se sumará 1 punto, por expulsiones 2, por llegada tarde 4, por no tener juego de camiseta con números 2, por no llegar al límite exigido de ex alumnos se sumarán 5 puntos .Finalmente por no firmar las planillas se le sumaran 2 puntos de fair play y al representante del equipo se le sumara una amarilla.
Si un equipo de la A alcanza los 25 puntos se le descontaran 3 puntos en la tabla, si llegan a los 40 puntos de fair play, se le descontarán 6 puntos de la tabla de posiciones. Mientras que si un equipo de la categoria B alcanza los 28 puntos de fair play se le restaran 3 puntos y si alcanzan los 43 se le restaran 6 puntos
11. Representantes
- Cada equipo deberá tener un representante que se encargue de todas las cuestiones. Es de carácter obligatorio que éste sea ex alumno.
- Este será el nexo entre su equipo y el comité organizador.
- Deberá ser el responsable de que se cumpla este reglamento a rajatabla.
- Tendrá la obligación de comunicarle a su equipo el contenido de este reglamento.
- Es el encargado de abonar el dinero correspondiente y de hacer firmar la planilla antes de cada partido. Y de revisarla una vez finalizado dicho encuentro.
12. Fixture y Feriados
- Se les enviará por mail y estará en la página de internet del torneo antes que comience el campeonato.
NO VA A HABER NINGUNA EXCEPCIÓN PARA NADIE, EL REGLAMENTO SE DEBERÁ CUMPLIR A RAJATABLA POR TODOS LOS EQUIPOS. NO SE PODRÁ DISCUTIR NADA DE LO QUE ESTA EN ESTE REGLAMENTO, ESTÁ PARA CUMPLIRLO.
